El TSJ de Extremadura concede la incapacidad permanente a un trabajador
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El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha reconocido la incapacidad permanente total a un trabajador de profesión mecánico de taller, revocando la decisión previa del Juzgado de lo Social y la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que había denegado la prestación.
El tribunal concluye que las limitaciones funcionales derivadas de su cuadro clínico le impiden ejercer su profesión habitual con normalidad.
Hechos probados
Patologías que afectan a la actividad profesional
Según los hechos probados, el trabajador presentaba múltiples patologías: fracturas vertebrales y en extremidades, lumbalgia, protrusión discal, polineuropatía sensitiva, síndrome del túnel carpiano y pérdida de movilidad y fuerza en las manos. También sufría dificultad para permanecer de pie largos periodos y para realizar movimientos repetitivos.
El INSS y el juzgado de instancia consideraron que estas dolencias no justificaban el reconocimiento de una incapacidad permanente, al no alcanzar —según su criterio— el grado de afectación necesario.
Una profesión físicamente exigente
El TSJ de Extremadura ha valorado la actividad de mecánico de taller como una profesión de alta exigencia física, que requiere posturas forzadas, carga de peso, precisión manual y repetición continua de movimientos. Estas condiciones, según la Sala, resultan incompatibles con las limitaciones físicas que presenta el trabajador.
El tribunal señala que, para reconocer una incapacidad permanente total, debe tenerse en cuenta si las dolencias impiden realizar las tareas esenciales del oficio habitual, sin que sea necesario un grado absoluto de inutilidad laboral.
Doctrina del Tribunal Supremo sobre incapacidad permanente
La sentencia recuerda la doctrina del Tribunal Supremo, según la cual la valoración de la incapacidad permanente exige un análisis funcional, no meramente clínico. Es decir, debe evaluarse si las secuelas afectan a la capacidad del trabajador para desempeñar su profesión de forma eficaz y continuada.
En este caso, la Sala concluye que las dolencias impiden al trabajador realizar las funciones básicas de su actividad como mecánico, por lo que procede declarar la incapacidad permanente total.
Fallo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura estima el recurso del trabajador y declara que se encuentra afectado por una incapacidad permanente total derivada de enfermedad común, condenando al INSS a abonar la pensión correspondiente.
Contra esta sentencia cabe recurso de casación para la unificación de doctrina.