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Google no logra revertir la sanción por abuso de posición dominante

20/06/2025

Abuso de posición dominante en el ecosistema Android: Google no logra revertir la sanción

La Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha propuesto confirmar la multa de 4 124 millones de euros impuesta a Google por abuso de posición dominante. En sus conclusiones, rechaza los argumentos de casación de la empresa tecnológica y respalda íntegramente la sentencia del Tribunal General.

Hechos probados

Una estrategia restrictiva en el entorno Android

Según los hechos recogidos en la Decisión de la Comisión Europea de 18 de julio de 2018, Google había abusado de su posición dominante en el mercado de sistemas operativos móviles desde el 1 de enero de 2011. Este abuso se manifestó en la imposición de condiciones contractuales que limitaban la competencia, estructuradas en tres bloques:

  1. Agrupación de productos: Google condicionaba el acceso a su tienda de aplicaciones «Play Store» a la preinstalación obligatoria de Google Search y del navegador Chrome.
  2. Cláusulas antifragmentación: exigía a los fabricantes no comercializar dispositivos con versiones de Android no aprobadas por la propia Google.
  3. Reparto de ingresos: vinculaba los beneficios por publicidad a la exclusión de otros motores de búsqueda preinstalados.

Estas prácticas tenían como finalidad proteger y consolidar la posición dominante de Google en el sector de los servicios de búsqueda general, clave para su modelo de ingresos basado en la publicidad online.

Sentencia del Tribunal General y recurso de casación

Google recurrió la Decisión ante el Tribunal General, que en sentencia de 14 de septiembre de 2022 confirmó en gran parte la existencia del abuso de posición dominante, aunque anuló la parte relativa al reparto de ingresos. El tribunal fijó una nueva multa de 4 124 millones de euros. Posteriormente, Google presentó recurso de casación ante el Tribunal de Justicia.

Conclusiones de la Abogada General Juliane Kokott

La Abogada General ha propuesto desestimar el recurso de casación. Sostiene que el Tribunal General aplicó correctamente el concepto de abuso de posición dominante y no estaba obligado a realizar un análisis contrafáctico, es decir, no era necesario demostrar cómo habría evolucionado el mercado en ausencia de la conducta sancionada.

En particular, considera suficiente que la preinstalación forzosa de Google Search y Chrome haya generado un «sesgo de statu quo» que obstaculiza el acceso al mercado de aplicaciones competidoras. Este sesgo favorece injustamente la posición de Google, lo que constituye un abuso de su dominio en el mercado.

También rechaza que deba probarse que la conducta tuvo la capacidad de excluir a competidores «igualmente eficaces», ya que la ventaja estructural de Google –derivada de efectos de red y acumulación masiva de datos– hacía imposible replicar sus condiciones de competencia.

Infracción única y continuada

Pese a la anulación parcial, la Abogada General confirma que Google incurrió en una infracción única y continuada, articulada como una estrategia global para asegurar su supremacía en los servicios de búsqueda general desde dispositivos móviles, preservando así su modelo de negocio.

Fallo propuesto al Tribunal de Justicia

Desde el punto de vista jurídico, la Abogada General propone:

  • Desestimar íntegramente el recurso de casación de Google.
  • Confirmar la existencia de un abuso de posición dominante por medio de restricciones contractuales.
  • Validar la multa de 4 124 millones de euros impuesta por el Tribunal General.